BENEFICIOS OTORGADOS
Por enfermedad o accidente
1. Solicitar simple en formato oficial del COP, dirigida al decano de su colegio regional.
2. Formulario de compromiso de solidaridad, “Hoy por ti mañana por mí” donde el colegiado se compromete a seguir cotizando puntualmente.
3. Certificado de salud en formato oficial y original del Banco de la Nación o formato original de la institución pública de salud o de las Fuerzas Armadas.
En el certificado de salud por accidente o enfermedad deberá constar el diagnóstico, fecha de inicio de enfermedad o del accidente, fecha de inicio del descanso médico, número de días del descanso médico, firma, sello y número de colegiatura del médico tratante a la fecha de emisión.
4. Exámenes auxiliares, si el caso es complejo.
El requisito del descanso médico para otorgar el beneficio es mínimo de 30 días ininterrumpidos o 30 días no consecutivos en un lapso de 45 días.
Plazo: Dos meses a partir del inicio de la concurrencia o del momento en que el médico indique descanso.
Por Maternidad
Si la solicitud la hace la colegiada:
1. Solicitud simple en formato oficial del COP, dirigida al decano de su colegio regional.
2. Formulario de compromiso de solidaridad, donde el colegiado se compromete a seguir cotizando puntualmente.
3. Certificado o partida de nacimiento del recién nacido.
Si la solicitud la hace el colegiado:
1. Solicitud simple en formato oficial del COP, dirigida al decano de su colegio regional.
2. Formulario de compromiso de solidaridad, “Hoy por ti mañana por mí” donde el colegiado se compromete a seguir cotizando puntualmente.
3. Certificado o partida de nacimiento del recién nacido.
Plazo: Dos meses a partir de la fecha del nacimiento.
Información adicional
El beneficio por maternidad es un auxilio económico que se da teniendo como fundamento, el nacimiento de uno o varios bebes en un solo proceso de gestación.
El beneficio se otorgará a la odontóloga colegiada activa o al odontólogo colegiado activo a favor de su esposa no colegiada.
El beneficio se otorgará a partir del tercer año de la colegiatura.
El Comité de Administración observará el comportamiento de pago de los doce últimos meses anteriores a la fecha del nacimiento. No procederá otorgar el beneficio si en ese lapso hubiera atraso que sobrepase los tres meses de gracia permitidos.
Por Invalidez
1. Solicitud simple en formato oficial del COP, dirigida al decano de su colegio regional
2. El certificado de salud en formato oficial del Banco de la Nación o formato original de la institución pública de salud o de las Fuerzas Armadas.
3. En el certificado de salud, el médico tiene que estipular: Diagnóstico, fecha de inicio de enfermedad o del accidente, fecha de prescripción de imposibilidad permanente de laborar en la profesión, firma, sello y número de colegiatura del médico tratante, fecha de emisión.
4. Exámenes auxiliares.
Plazo: No hay plazo límite.
Por capital de fallecimiento y / o sepelio
1. Solicitud simple hecha por cualquiera de los familiares o interesados en formato oficial del COP, dirigida al decano de su colegio regional.
2. Copia de partida o certificado de defunción.
3. Copia del comprobante de los gastos funerarios en el que figure el nombre de quien hizo el desembolso o copia de la constancia de subvención emitida por la entidad correspondiente.
Plazo: A partir de la fecha del fallecimiento, lo que prescriba la Ley.
Es importante presentar un “sobre” con la firma legalizada del colegiado fallecido donde declara los beneficiarios, con nombres propios, de no ser así, será necesario presentar la declaratoria de herederos.
Por exoneración del pago de la cuota societaria
1. Solicitud en formato oficial del COP, dirigida al decano de su colegio regional.
2. Copia simple de su documento de identidad.
Plazo: No hay plazo límite.
Información adicional:
Procede la solicitud al cumplir los 70 años de edad y registrar cotización ininterrumpida (haber aportado el total de cuotas que correspondan desde su colegiación hasta cumplir los 70 años).
Verificación de documentos para otorgar los beneficios
El Comité de Administración para evaluar si procede o no otorgar el beneficio tomará en cuenta:
• Los documentos que deben acompañar a la solicitud. Responsabilidad del colegiado
• El plazo establecido para la presentación de la solicitud de beneficios. Responsabilidad del colegiado.
• *Planilla de aportaciones: Documento oficial que registra los aportes por cuota societaria que haya hecho el colegiado en el mes. Responsabilidad del Colegio Regional al que pertenece y del Colegio Odontológico Nacional.
• *La transferencia de la suma total que debe recibir el programa, producto del monto asignado al Fondo por el número de colegiados aportantes del mes. Responsabilidad del Colegio Regional al que pertenece, y del Colegio Nacional.
A partir de los dos últimos enunciados (*) se colige en qué condición se encuentra el colegiado en relación a su derecho a beneficios en cobertura o dentro del periodo de carencia.
¿Cómo apelar si no está de acuerdo con el dictamen?
Si usted considera que su solicitud no ha sido evaluada de acuerdo al Reglamento del Programa Fondo de Previsión y Protección Social del COP puede dirigirse a la Junta Fiscalizadora presentando:
• Solicitud simple a través de su colegio regional en la que pide la revisión de su caso.
• Copia del oficio respuesta del Comité de Administración donde conste la fecha de entregado y el sello del colegio regional.
Si el oficio de respuesta del Comité de Administración le llegara directamente a su domicilio, se tomará en cuenta la fecha registrada en el cargo de mensajería.
Plazo: El plazo no deberá superar los 15 días útiles a partir de la fecha en que le fue entregado el oficio.






