Consejo Nacional del COP ratificó sanción contra el Dr. Raúl Botetano, exdecano nacional, por irresponsabilidad e incumplimiento de funciones
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El Consejo Nacional del Colegio Odontológico del Perú confirmó la sanción impuesta al Dr. Raúl Botetano Villafuerte, exdecano del COP, por el Comité de Ética, Deontología y Medidas Disciplinarias, a raíz de la denuncia interpuesta por el Colegio Odontológico de Lima por irresponsabilidad e incumplimiento de funciones causando grave daño económico y moral durante su gestión al frente de esta institución, entre los años 2009 y 2011.
Fue durante la Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional llevada a cabo el 22 de diciembre, con aprobación mayoritaria (23 votos a favor, 3 abstenciones y ningún voto en contra), y posteriormente corroborada por la Resolución N° 001-2017-CN-COP de este año. La decisión, basada en la resolución N°006-2016-CEDMED-COP, impuso al Dr. Raúl Botetano una suspensión de 60 días en el ejercicio de la profesión odontológica.
El fallo señala infracción a los artículos 57° y 58° del Código de Ética y Deontología del COP al momento de la realización de los hechos que se investigó. La pena se hizo extensiva a la Dra. Rosario Loaiza De la Cruz, exvicedecana del COP, quien obtuvo una suspensión de 15 días en el ejercicio profesional.
La historia en breve
Entre los resultados de la auditoría a los estados financieros del Colegio Odontológico de Lima de la gestión de los años 2009 a 2011, realizada por la firma de auditores Mendoza Flores & Asociados Contadores Públicos, se consignaron las siguientes observaciones: “falta de sustento contable para los diversos trabajos de construcción realizados en la sede de Cieneguilla. Montos de gastos efectuados superiores a las tasaciones de las obras. No se pudo evaluar trabajos y obras civiles de las obras en Surco por falta de soporte documentario. No se pudo evaluar trabajos y obras civiles de las obras en Miraflores por falta de soporte documentario. Asimismo, falta de regularización de cuentas de dinero pendientes a rendir, entre otras irregularidades económicas”.
Exámenes especiales
En el 2012 se realizaron exámenes especiales a los gastos y obras realizadas durante el periodo administrativo. Concretamente, remodelaciones, rendición de efectivo y pago del IGV en las sedes de Cieneguilla, Surco y Miraflores.
El informe determinó responsabilidad en el Dr. Raúl Botetano y el íntegro de su plana directiva. Asimismo, recomendó conformar una comisión especial que determinara los grados de responsabilidad funcional. Al analizar los resultados de esta auditoría, se encontraron desórdenes administrativos y trastornos contables. Entonces, el Consejo Administrativo Regional de Lima interpuso denuncia al exdecano y sus directivos, por infracción contra los artículos 57° y 58° del Código de Ética y Deontología del COP.
A continuación, observaciones puntuales encontradas por la empresa auditora:
– Realizó gastos sin documentación sustentatoria por un importe de S/. 207,793.00 soles.
– El monto de gastos fue superior a la tasación de las obras en la sede de Cieneguilla por S/. 54,244.00.
– Canceló US$ 33,439 por las instalaciones de un ascensor de 4 paradas, pero recibió un ascensor de 3 paradas.
– Omitió pagos del Impuesto General a las Ventas entre 2009 y 2011 por un monto de S/. 864,135.00 soles, perjudicando a la institución.
En el trascurso de estos más de dos años de proceso, el doctor Botetano Villafuerte ha esgrimido estar exento de cualquier responsabilidad económica, lo cual ha sido considerado inaceptable ya que el decano regional ejerce la representación del colegio regional y como tal, es responsable de lo que acontece en la institución.
Hay que subrayar que el mismo exdecano pretendió declarar nulo el proceso en su contra a través de una resolución (N° 04.1.2014.CAN-COP) del Consejo Administrativo Nacional emitida por su misma gestión. La resolución N° 001-2017-CN-COP deja claro que las investigaciones y dictámenes sobre las denuncias contra decanos y vicedecanos son de única competencia del Comité de Ética y Deontología y Medidas Disciplinarias del Consejo Nacional.
La resolución que finalmente sanciona al Dr. Raúl Botetano tiene como base las infracciones contenidas en el Código de Ética y Deontología referidas al manejo económico irregular y a la conducta negligente en el cumplimiento del ejercicio profesional durante los años de su gestión en el Colegio Odontológico de Lima.
Finalmente, con fecha 31 de marzo de 2017, el Comité de Ética, Deontología y Medidas Disciplinarias del Colegio Odontológico del Perú, remitió la Resolución N° 001-2017-CN-COP a la Universidad Nacional Federico Villarreal para que la ejecute. A partir de dicha fecha, el Dr. Raúl Botetano Villafuerte no podrá ejercer la odontología, en ninguna de sus modalidades, ya que todos sus actos administrativos serán nulos de pleno derecho conforme lo señala el artículo 16° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Hay que anotar que el Colegio Odontológico de Lima viene siguiendo, desde el año 2013, una denuncia penal al doctor Botetano Villafuerte en los juzgados penales de Lima.
Informe Final sobre exámenes especiales realizados en auditoría a los estados financieros de la gestión 2009 – 2011 del Dr. Raúl Botetano como decano del Colegio Odontológico de Lima
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