COP designó uniforme odontológico que orientará a la población e identificará al cirujano dentista en todo el país
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El Colegio Odontológico del Perú aprobó el uso del uniforme del cirujano dentista en todos los ámbitos del país. La autorización indica que las instituciones empleadoras deben respetar las características del atuendo y, además, tienen que proporcionarlo a los odontólogos que laboren en sus dependencias.
Antecedentes
Desde hace unos meses, el Ministerio de Salud está confeccionando un anteproyecto de norma técnica sobre uso y especificaciones de ropa de trabajo del personal de salud en las instituciones prestadoras de servicios. Debido a este hecho se ha conformó una comisión ministerial con la inclusión del COP.
Este grupo de trabajo solicitó a nuestra institución la definición de un uniforme oficial para incluirlo en la norma técnica mencionada. De esta manera, durante la Primera Sesión Ordinaria del Consejo Nacional, llevada a cabo el 28 de febrero de este año, se aprobó por unanimidad la resolución N° 001-2016-SECN-COP.
Especificaciones
Allí se indica que el uniforme odontológico tiene como finalidad orientar a la población y a los usuarios de los establecimientos de salud, a una fácil y rápida ubicación del cirujano dentista. Asimismo, con esta decisión el COP plantea una identificación especial a los profesionales, residentes e internos de odontología.
Según la disposición COP, el uso oficial del distintivo corporativo tiene determinadas variantes, de acuerdo al lugar donde se encuentre trabajando el profesional. De esta manera, se ha formulado ropa clínica o quirúrgica en Essalud, Policía Nacional, Marina de Guerra, Fuerza Aérea, Ejército Peruano, residentes, internos y también en el sector privado.
Asimismo, el uniforme del cirujano dentista deberá llevar bordado en el bolsillo izquierdo el logotipo del establecimiento donde labora, y en el lado derecho de estas mismas prendas el nombre y apellidos del colegiado.
Esta resolución fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, tal como lo establece el artículo 109° de la Constitución Política del Perú.
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